Catálogo Histórico y Patrimonio Documental.
Los contenidos del material fílmico en formato de video digital son considerados en el artículo 4 de la Ley General de Archivos Patrimonio documental: Que se refiere a los materiales fílmicos en formato de video digital que, por su naturaleza, no son sustituibles y dan cuenta de la evolución del Estado y de las personas e instituciones que han contribuido en su desarrollo; además de transmitir y heredar información significativa de la vida intelectual, social, política, económica, cultural y artística de una comunidad, incluyendo aquellos que hayan pertenecido o pertenezcan a los archivos de los órganos federales, entidades federativas, municipios, alcaldías de la Ciudad de México, casas culturales o cualquier otra organización, sea religiosa o civil, considerados soportes documentales dispuestos en los medios en los cuales se contiene materiales audiovisuales, fotográficos, fílmicos, digitales, electrónicos, sonoros y visuales, entre otros.